Micelio
Auto25 de julio de 2006

A- de 2006

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Pablo Enrique Leal Ruiz

Tema · dato duro
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1308/05 Por Considerarla Violatoria Del Derecho Al Debido Proceso Al Considerar Que La Sala Quinta Desconcoe La Jurisprudencia De La Corte Constitucional En Sala Plena, En Relación Con El Respeto A Las Mayorías Absolutas, La Cual Se Encuentra Reconocida En Las Sentencias Sobre Control Constitucional A La Ley Y A Los Actos Reformatorios De La Constitución Por Vicios De Procedimiento. Procedencia Excepcional De Las Solicitudes De Nulidad Que Se Formulan Contra Las Sentencias De La Corte Constitucional. Criterios Normativos Y Jurisprudenciales De Aplicación. La Declaratoria De Nulidad De Una Sentencia Proferida Por Esta Corporación, Sólo Esta Llamada A Prosperar Cuando Quien Propone El Incidente Logra Acreditar El Cumplimiento De Los Requisitos Formales Y Sustanciales Previamente Señalados. Por El Contrario, Si La Solicitud De Nulidad No Se Formula En Tiempo O No Se Demuestra La Existencia De Alguna Irregularidad Ostensible Que Afecte Sustancialmente Los Términos De La Decisión Adoptada Por La Corte, La Naturaleza Excepcional Y Extraordinaria Que Identifica Este Tipo De Incidentes Debe Conducir A Su Denegación. Requisitos Especiales De Procedencia Referentes A La Causal De Nulidad Por Cambio De Jurisprudencia. Inexistencia De Cambio De Jurisprudencia En Cuanto A La Procedencia Del Amparo Constitucional Frente A La Vulneración Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso Administrativo En La Elección Del Cargo De Rector En Los Entes Universitarios Autónomos. En El Presente Incidente No Se Demostró La Existencia De Un Cambio De Jurisprudencia Conforme A Los Requisitos Exigidos Por Esta Corporación, Limitándose El Impugnante A Controvertir Nuevamente La Misma Materia Analizada Por Este Tribunal En El Fallo De La Referencia, Sin Demostrar -En La Práctica- La Ocurrencia De Una Causal Que Condujera A La Violación Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso. Negada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Acto De Tramite
  • Procedencia excepcional
  • Procedencia respecto a acto de votación para elección de rector universitario
Derecho Al Debido Proceso
  • Vulneración por cambio de jurisprudencia
Incidente De Nulidad
  • Casos en que no puede promoverse por cambio de jurisprudencia
  • Casos en que se puede promover
  • Prospera al verificarse la existencia de circunstancias jurídicas verdaderamente excepcionales
Juez Constitucional
  • Obligación de incluir dentro de sus competencias un mecanismo judicial que le permita revisar sus propias actuaciones
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional Por Cambio De Jurisprudencia
  • Presupuestos
  • Presupone que se presente una jurisprudencia en vigor
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia excepcional por vulneración del debido proceso
  • Requisitos sustanciales
  • Término de tres días contados a partir de notificación de fallo
  • Procedencia por irregularidad significativa y trascendental
  • Requisitos formales
Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Improcedencia por no existir cambio de jurisprudencia sobre elección para cargo de rector universitario
  • Improcedencia por no demostrar la existencia de cambio de jurisprudencia
Corte Constitucional
  • Decisiones adoptadas hacen tránsito a cosa juzgada
Jurisprudencia
  • Alcance del concepto
Sala Plena De La Corte Constitucional
  • Competente para tramitar y decidir incidentes de nulidad contra sus sentencias
Saneamiento Incidente De Nulidad
  • Pérdida de legitimidad por no promoverse en los términos señalados
13 temas · 23 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DENEGAR en su integridad la solicitud de nulidad de la sentencia T-1308 de 2005, proferida por la Sala Quinta de Revision de la Corte Constitucional.
  2. SEGUNDO. NOTIFIQUESE la presente providencia al peticionario e informesele que contra la misma no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoRodrigo Escobar GilSalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a38
A. 098/06Solicitudes De Nulidad Y De Aclaración De La Sentencia C-818 De 2005 Por Estimar Vulnerado El Derecho Fundamental Al Debido Proceso Y El Desconocimiento De Precedentes Judiciales Respecto De La Concepcion Del Derecho Disciplinario. Las Irregularidades Cometidas En La Sentencia Hacen Parte Del Proceso De Constitucionalidad Y, Por Lo Tanto, Son Susceptibles De Ser Impugnadas Como Consecuencia De Una Solicitud De Nulidad. La Solicitud De Nulidad Propuesta Contra La Sentencia C-818 De 2005 Ha Sido Presentada Fuera Del Término Señalado Por La Jurisprudencia. Rechazadas Por Extemporaneas Las SolicitudesA. 082/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-916/05. Procedencia Excepcional De Las Solicitudes De Nulidad Que Se Formulan Contra Las Sentencias De La Corte Constitucional. Criterios Normativos Y Jurisprudenciales De Aplicación. La Declaratoria De Nulidad De Una Sentencia Proferida Por Esta Corporacion, Solo Esta Llamada A Prosperar Cuando Quien Propone El Incidente De Nulidad Logra Acreditar El Cumplimiento De Los Requisitos Formales Y Sustanciales. Carece De Certeza La Acusacion Formulada Contra La Sentencia T-916/05. Las Razones Para Esgrimir La Nulidad De La Sentencia Se Reducen A Plantear La Inconformidad Del Accionante Con La Decision Adoptada. Denegada En Su Integridad La Solicitud De NulidadA. 060/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-757/05. La Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-757 De 2005 Se Fundamenta En Considerar Que La Decision Adoptada Habia Vulnerado El Derecho Al Debido Proceso. Requisitos Para La Procedencia Excepcional De La Declaratoria De Nulidad De Las Sentencias De Revisión De Acciones De Tutela. Presupuestos Formales Y Materiales De Procedencia. El Desconocimiento Del Precedente Constitucional Como Causal De Nulidad De Las Sentencias. La Facultad De Unificación De Que Es Titular El Pleno De Esta Corporación Es, Entonces, La Instancia Adecuada Para Solucionar Los Desacuerdos En El Sentido De La Decisión Entre Las Salas De Revisión. Por Ende, La Nulidad De Los Fallos No Es El Remedio Idóneo Para El Arreglo De Tales Controversias, Pues Tal Posibilidad Excepcional Está Restringida Únicamente A Aquellos Casos En Que Concurre Jurisprudencia En Vigor Para La Solución De Un Caso Concreto Y La Sala De Revisión, De Forma Injustificada, Adopta Una Decisión En Sentido Distinta. La Sala Cuarta De Revisión No Incurrió En Una Modificación De La Jurisprudencia Constitucional, En La Medida En Que Para El Asunto De La Procedencia De La Acción De Tutela Para Impugnar Las Decisiones Adoptadas Al Interior De Los Procesos De Selección Para Cursos De Formación Militar No Existe Una Jurisprudencia En Vigor. NegadaT-1308/05Tutela de 2005A. 186/05Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-709 De 2005, Donde La Corte Decidio Inhibirse Para Emitir Pronunciamiento De Fondo En Relacion Con La Acusación Formulada Contra Expresiones De Los Incisos Cuarto, Quinto Y Sexto Del Articulo 38 De La Ley 715 De 2001, Por Carencia Actual De Objeto. La Solicitud Formulada Es Extemporánea Y No Puede Ser Examinada Por La Corte. Rachaza La SolicitudT-024/04Derecho Al Debido Proceso Y Participacion Efectiva De Estudiantes Y Candidato A Rector. Proceso Electoral Universitario. Capacidad Decisoria De Estudiantes. Legalidad Del Acto Administrativo. Autonomia Universitaria. Negada.
Ver las 38

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.